éste JUZGADO DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE AL CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por La Autoridad De La Ley Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Extinción de Obligación alimentaría que tiene el obligado ciudadano: JOSE ANDRES RONDON MORENO, titular de la cedula de identidad N° 6.195.228, respecto de sus hijos: MARIA ELIZABETH Y ANDERSON JOSE.
SEGUNDO: Se Declara extinguida la obligación de manutención respecto a los prenombrados hijos.
TERCERO: Se mantiene la Obligación de Manutención para la adolescente GENESIS ROXANA de trece (13) años de edad.
CUARTO: El padre acepta que la deuda pendiente hasta la presente fecha se establece en la suma de DIEZ MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES BOLIVARES (Bs. 10.433,00) incluyendo la cuota del mes de agosto del presente año.
QUINTO: La madre esta de acuerdo en que se continúe cancelando en la manera establecida por el Ministerio de Educación, es decir que se continúe con el p.....