DECLARA: 1° IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano Pedro Felipe Medina Pulido, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula n. º V- 17 108 276, en contra de la providencia administrativa n. º 822-2014 de fecha 29.4.2014 emanada de la Inspectoría del Trabajo General Cipriano Castro del estado Táchira, en el expediente n. º 056-2013-00007 de la nomenclatura llevada por ese órgano administrativo, en el procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos.