este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de FIJACION DE PENSION DE ALIMENTOS, incoada por la Ciudadana: DORIS ESMIT CALDERON HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.242.506, contra el ciudadano: CRISTIAN EDUARDO QUINTERO BARBOZA, Venezolano, mayor de edad, Titular De la Cédula de identidad N° V- 10.166.556.
SEGUNDO: Se fija por concepto de obligación de manutención la suma de CIENTO VEINTE BOLIVARES (Bs.120,00) MENSUALES que serán depositados en una cuenta de ahorros que el Tribunal acordará abrir para tal fin, en la Entidad Bancaria Banfoandes.
TERCERO: En época de inicio del año escolar, como cuota Extraordinaria y adicional a la pensión mensual, el padre deberá cancelar la suma de CIENTO CINCUENTA BOLIVAR.....