Este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO EN  LOS  TÉRMINOS  EXPUESTOS  POR  LAS  PARTES, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA, por lo que declara terminado el proceso, ordenando el cierre y archivo del presente expediente