DECISIÓN
Conforme a los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la Repú-blica y por autoridad de la ley, DECIDE:
ÚNICO: REVOCA el beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO con autorización para laborar sin vigilancia especial fuera del establecimiento penitenciario acordado a favor de la penada JACQUELINE PORRAS NIÑO, plenamente identificada en autos, por las razones expuestas en la presente decisión, de conformidad con lo ordenado por el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal.
Líbrense los oficios respectivos y las notificaciones. Líbrese la corres-pondiente orden de captura a los organismos competentes.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase.