En razón de lo expuesto por las partes interesadas en el proceso y cumplidos como han sido los extremos de Ley, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO por RUPTURA PROLONGADA de los Ciudadanos MARBELLA SOFIA MENDEZ PEREZ y RAFAEL ANGEL SALAS CARDENAS, antes identificados. En consecuencia, queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos el día 13 de Febrero de 2.003, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, según Acta de Matrimonio N° 11.
Liquídese la sociedad conyugal conforme lo estipulado por ellos mismos, si hubiera lugar a ello.