, este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA LO CONVENIDO POR LA PARTE ACCIONADA, en fecha 13 de noviembre de 2024, y que guarda relación con la demanda incoada por la ciudadana EVANGELINA COROMOTO GODOY TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V 14.605.800, de este domicilio y hábil, debidamente asistida por el ABOGADO HERNAN STEWEN PARADA TORRES, titular de la cédula de identidad No. V 17.875.035 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 138.237 contra el ciudadano CRISTOBAL GODOY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V21.766.539 por Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado de Venta de Derecho y Acciones con reserva de Usufructo, en consecuencia de la referida decisión, se declara legalmente Reconocido e.....