PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público en contra del imputado SALCEDO QUINTERO MICHAEL, de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido el 06/07/1989, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.976.346, de profesión u oficio construcción, de estado civil soltero, hijo de Amalia Quintero (v) y de Laurentino salcedo Peña (v), residenciado en el Barrio 23 de Enero parte baja, carrera 2, casa N° 7-30, San Cristóbal, Estado Táchira, teléfono No Suministro, por la presunta comisión de los delito de ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 458, 277 y 470 del Código Penal, cometido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar explanados en la resolución acusatoria.
SEGUNDO: ADMITIDA LA ACUSACIÓN Y LAS PRUEBAS contra el imputado SALCEDO QUINTERO MICHAEL, de nacionalidad venezolana, natural de San Cristó.....