El Tribunal se trasladó y constituyó en cinco entidades bancarias y luego de entrevistarse con la persona encargada de esos entes financieros, se constató que en cuatro no disponía el demandado Celis Ramón Sánchez Duque de cuenta alguna; sin embargo en el BBVA Banco Provincial S.A. disponía de Bs. 5.520.817,82. En consecuencia se notificó al administrador y el apoderado actor señaló dicho monto para ser embargado ejecutivamente lo cual fue decretado por el Tribunal y se declaro consumada la desposesión jurídica de la parte ejecutada y se dejó en posesión del depositario provisional designado. Se leyeron y firmaros cada una de las actas y se regresó a la sede a las 11:30 a.m.