este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el desistimiento de la acción, en la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana SILVIA ALIDA VAAMONDE DE CORONA, venezolana, mayor de edad, viuda, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-3.553.615, y ordena la devolución de la presente solicitud.