Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control Audiencias y Medidas con competencia en materia de delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le Confiere la Ley; con fundamento en el artículo 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en su Parágrafo Único, ACUERDA PRORROGA POR UN LAPSO DE QUINCE (15) DÍAS, los cuales vence en fecha (LUNES (15) de JUNIO de 2017, ello a los fines de que el Ministerio Público, presente el acto conclusivo a que haya lugar en la causa seguida a los Ciudadanos DENYS GABRIEL OROPEZA BELLO Y JESUS EDUARDO GONZALEZ, titulares de la cedula de identidad Nº V-24.805.700 Y V-19.797.007 (Respectivamente). En consecuencia se ordena la notificación de las partes, a los fines legales consiguientes. CÚMPLASE.