Con base a los razonamientos de hecho y derecho anteriormente explanados este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de Cumplimiento de Contrato por Vencimiento de la Prorroga Legal, interpuesta por la ciudadana GLADYS ALICIA BARRIENTOS FONSECA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad NºV-4.829.760, asistida de la abogada ELSA RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Instituto de Previsión social del Abogado bajo el Nº 58.772 contra el ciudadano LUÍS HÉCTOR QUIJADA RAGUA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad NºV-15.207.562.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante ciudadana GLADYS ALICIA BARRIENTOS FONSECA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad NºV-4.829.760, por haber resultado totalmente vencida,.....