JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 11 de junio de 2024.
214° y 165°
Vistas las diligencias, suscritas por la Abogada Karely Zulay Vivas Bustamante, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 305.950, apoderada judicial de la ciudadana Daniela Vivas Ramírez, parte demandante de la presente causa, en relación a lo allí solicitado y en revisión de las actas procesales, se evidencia que no hay documento fundamental que compruebe la existencia de herederos desconocido, así como lo establece el artículo 231 del código de procedimiento civil:
"Cuando se compruebe que son desconocidos los sucesores de una persona determinada que ha fallecido, y esté comprobado o reconocido un derecho de esta referente a una herencia u otra cosa común, la citación que debe hacerse a tales sucesores desconocidos, en relación con las acciones que afecten dicho derecho, se verificará por un edicto en que se ll.....