ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MAXIMO JOEL SOTO MATA, JHON WILMER SOTO MATA, ANGELO ENRIQUE SOTO MATA, YESENIA ISABEL SOTO MATA y YEIVINSON JAVIER SOTO MATA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.563.609, V-14.071.601, V-13.828.452, V-14.312.476 y V-17.960.343, respectivamente, respecto al De-cujus MAXIMO SOTO, ex titular de la cédula de identidad N° V-5.631.706, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.-