DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor de los adolescentes: IDENTIDADES OMITIDAS, sin mas datos de identificación: DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, sin mas datos de identificación: todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 300 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal por el delito de: LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto en el artículo 416 del Código Penal, y en consecuencia de ello se le otorga su libertad plena por esta causa.