PRIMERO: IMPONE COMO MEDIDA DE ASEGURAMIENTO, al adolescente para el momento de los hechos (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), por la presunta comisión del delito de DETENTACIÓN DE MUNICIONES, previsto en el artículo 09 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, la establecida en los literales "c" y "d" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, quedando sujeta su libertad al cumplimiento de las siguientes condiciones: 1.- Obligación de presentarse ante este Tribunal el día viernes 17 de septiembre 2010, a las nueve (09) de la mañana, fecha de la celebración de la audiencia preliminar. 2.- Prohibición de salir del estado Táchira sin autorización del Tribunal; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes; dejándose constancia que con la firma de la presente acta, el prenombrado ciudadano, queda notificado y obligado de las condiciones impuestas, conf.....