Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, las declara suficientes para asegurarle al ciudadano JOSÉ JESUS SÁNCHEZ MOLINA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-1.537.334, de este domicilio y hábil, sus derechos de propiedad y posesión sobre un vehículo con las siguientes características: MARCA: FORD; MODELO: ZEPHYR; AÑO: 1980; CLASE: AUTOMOVIL; TIPO: SEDAN; USO: PARTICULAR; COLOR: AZUL; SERIAL MOTOR: V-6; SERIAL CARROCERIA: AJ32WA18415; USO: PARTICULAR. Conforme lo establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos a terceros.