PRIMERO: CONDENA al ciudadano: DUARTE SAENZ PEDRO MARÍA, de Nacionalidad Venezolana, Natural de San Antonio del Táchira, nacido en fecha 27/04/1938, de 68 años de edad, de estado civil casado de profesión u oficio escolta de gandolas, hijo de Víctor Duarte y de Rosa Sáenz, residenciado en la calle 4 N° 8-33, Barrio Pueblo Nuevo, Centro, San Antonio del Táchira, titular de la cedula de identidad N° 1.571.667. a CUMPLIR LA PENA DE OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, en el establecimiento penitenciario que a tal efecto designe el Ejecutivo Nacional, COMO AUTOR RESPONSABLE DE LA COMISIÓN DEL DELITO DE TRAFICO ILÍCITO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES O PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezado del articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y el Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas; SEGUNDO: Condena igualmente al Ciudadano: DUARTE SAENZ PEDRO MARÍA al cumplimiento de las penas accesorias establecidas en el articulo 16 del Códig.....