Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declina la competencia por el territorio para conocer la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano FRANCISCO JOSÉ GUZMÁN GUERRA, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-4.578.208, en el Juzgado de Municipio de las Parroquias Carayaca y El Junko de la Circunscripción Judicial del estado Vargas.