declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por el Dr. ANGEL ANTONIO FINUCCI, Fiscal Tercero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, que se sigue al ciudadano OSWALDO GUILLERMO POLEO, titular de la cédula de identidad Nº 6.486.605, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, por no existir razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación dado el tiempo transcurrido desde la fecha en que presuntamente se llevó a cabo el hecho punible, de conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 318.