ESTE TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JU¬DICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RE¬SUELVE:
UNICO: DECLARA DESISTIDA LA ACUSACION PRIVADA interpuesta por la ciudadana HAYDEE MERCEDES DIAZ DE HERNANDEZ, en su carácter de acusadora, representada por la abogada Alide Isabel Díaz , en contra del ciudadano DANIEL JOSUE DELGADO, por el delito de DAÑOS, previsto y sancionado en el artículo 473 del Código Penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 407 segundo aparte del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto la misma sin justa causa no compareció a la audiencia fijada para el día 12 de Enero de 2015, para la celebración de la audiencia de conciliación.
Contra la presente decisión podrá interponerse recurso de apelación dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su publicación, conforme lo establece el último aparte del artículo 407.....