Se declara: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado CARLOS AUGUSTO AGUILERA MACHADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.886, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto dictado por el Tribunal Cuarto de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, de fecha 06 de octubre de 2016, mediante el cual negó la admisión de la prueba de inspección judicial promovida, el cual se confirma. Así se establece. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 276. Así se establece.