éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: ANTONIA MARÍA NUÑEZ MERLO, venezolana, soltera, mayor de edad y titular de la cédula de identidad numero V-5.092.331, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.