Instruida como ha sido la presente solicitud y tomadas la declaración de los testigos ciudadanos EVANGELIA ROSAS DE BRITO Y RYDER ALEXIS GOMEZ, presentados por la ciudadana CARMEN GENOVEVA CAPOTE, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-8.772.309, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente solicitud a la solicitante.