Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales el penado podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena al respecto se observa:
1.	TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplió el 04-02-2006, a las doce (12) horas.
2.	ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplió el  04-11-2006, a las Doce (12) horas.
3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la parte de la pena, la cual cumplirá el  04-11-2009, a las Doce (12) horas.
4.	CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, la cual la cumplirá  el 04-08-2010, a las doce (12) horas.
5.	La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el 04-11-2012, a las doce (12) horas