POR LOS FUNDAMENTOS ANTES EXPUESTOS, ESTE JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, COMPUTA EL TIEMPO REDIMIDO POR EL TRABAJO Y ESTUDIO REALIZADO, al penado JESUS ALBERTO RODRIGUEZ CANTILLO, titular de la Cedula de Identidad N° 19.987.064, venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 14-05-1989, de 19 años, soltero, de profesión u oficio, reparador de teléfonos celulares, hijo de Cenith Castillo y Jesús Salas, residenciado en el Sector 18 de Octubre, Av. 1, Calle IJ, Casa Nº 1-56, diagonal a la Clínica 18 de Octubre, Maracaibo Estado Zulia, quien fue condenado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de ley establecidas en el articulo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO.....