con lo dispuesto en el artículo, 585 del Código de Procedimiento Civil, la oportunidad para acompañar el medio de pruebo que constituya presunción grave de que quede ilusoria la ejecución del follo y del derecho que se reclama, es el momento en que se introduce la
respectiva solicitud...".
A este respecto ha señalado el tribunal Supremo de justicia de la sala de casación civil en sentencia de fecha 10 de Octubre ce 2006 con ponencia1 de
la Magistrada Dra. isbelia Pérez Velásquez, Con relación a los requisitos exigidos para decretar medida de prevención indico:
"(En toda sentencia el juez realiza uno operación lógica a de vinculación de norma general
articulo 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil) con el caso concreto esa operación lógica consiste
en un racionamiento lógico que justifica la decisionque tomo respecto juntico Que le ba sado piontecado Es de e deber de motvwvor la sentencia Constante en la especiación por porte del pez del rosonamente lógico que ju.....