Por todas las motivaciones y fundamentos de hecho y de derecho ya expuestas y analizadas, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar la Demanda que por Cobro de Bolívares -Vía Procedimiento de Intimación- fue incoada por el ciudadano JOSE ORLANDO MURCIA BUITRAGO, asistido y luego representado por el abogado en ejercicio de su profesión, Jesús María Ruíz Gómez, en contra del ciudadano GEORGE LANDY PINZON SARMIENTO, representado en Juicio, por el profesional del derecho Edison Ernesto González Franco, ambas partes ya suficientemente identificadas en la presente decisión.
SEGUNDO: Se ordena al ciudadano GEORGE LANDY PINZON SARMIENTO, pagar a la Parte Demandante JOSE ORLANDO MURCIA BUITRAGO, la cantidad de Veinticinco Mil Bolívares (Bs.25.000,oo) monto total pagado por el segundo, en la Transacción Judicial, ya debidam.....