PRIMERO: SIN LUGAR la recusación propuesta por la ciudadana DIONAIRA DEL CARMEN CONTRERAS ARELLANO contra el abogado JUAN JOSÉ MOLINA CAMACHO, Juez temporal del Tribunal Superior Segundo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Remítase con oficio, copia certificada de la presente decisión al Juzgado Superior Segundo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
TERCERO: Se impone al recusante, multa de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, que deberá ser cancelada donde se intentó la recusación, el cual actuará como agente del Fisco Nacional para su ingreso en la Tesorería Nacional, una vez sean recibidas las actas de este expediente. El término de tres días establecido en la Ley para su cancelación comenzará a correr una vez que el Tribunal Superior Segundo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial d.....