Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Actuando en este Acto con funciones de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de La Ley, Declara:
PRIMERO: Se declara Parcialmente Con Lugar la Solicitud de Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana MARÍA BELÉN CONTRERAS DURÁN, extranjera, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía N° 37.345.293, domiciliada en la calle 0 N° 1-40, San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, actuando a favor de sus hijos: ..., en contra del ciudadano: DEWIT BECERRA FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V- 9.340.926, con domicilio en Ciudad Ojeda, Punta Gorda, Urbanización Brisa del Lago, casa N° 04, por la calle principal, en la casa de la señora Diosa Becerra (Los Gochos), Estado Zulia......