PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Aumento de la Obligación de Manutención formulada por ANA IRIS ARENAS CHACON, titular de la cédula N° V-15640036, de este domicilio, en su condición de madre del niño NEY ALEXANDER ROMERO ARENAS.-
SEGUNDO: Se fija en la suma de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,oo) equivalente al 21,42 % del sueldo mínimo nacional y para los meses de Agosto y Diciembre la suma de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,oo) equivalentes al 42,84 % del sueldo mínimo nacional, la Obligación MENSUAL de Manutención en favor de su hijo, al cargo del padre NOEL ERASMO ROMERO MORALES, titular de la cédula V-22678187 y de este domicilio.-
TERCERO: Se ordena librar oficio a Corposalud para que las mensualidades sean descontadas directamente del sueldo del obligado, conforme al dispositivo anterior y depositadas en la cuenta bancaria abierta con esta finalidad, y adicionalmente, se le requiera información exacta que tenga sobr.....