SE HOMOLOGO EL CONVENIMIENTO, QUEDO FIJADA LA OBLIGACIÒN DE MANUTENCIÒN EN MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1200,00) mensuales, el padre comprara la ropa y calzado de sus hijos, útiles y uniformes escolares para los meses de diciembre y septiembre. Dicha cantidad la depositará en la cuenta de ahorros destinada para tal fin.Dicho monto se aumentara anualmente en un 20% de acuerdo a los índices de inflación que emita el banco central de Venezuela.