DISPOSITIVO
En consecuencia por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO OCHO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: Desestima e inadmite la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del imputado LUIS ALBERTO RAMÍREZ, por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Orden Público.
SEGUNDO: Se decreta el sobreseimiento de la causa seguida a LUIS ALBERTO RAMÍREZ, por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Orden Público; de conformidad con los artículos 318 numeral 2 y 330 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Se decreta el cese de la medida ca.....