DISPOSITIVA
Visto el razonamiento antes expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: AUTO DE EJECUCION DE SANCIONES al joven IDENTIDAD OMITIDA el cual por Sentencia Definitiva fue declarado responsable penalmente del delito de ROBO AGRAVADO y LESIONES GRAVES y fue condenado a cumplir REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA por UN (1) AÑO, en consecuencia quedó fijado para el día martes 02/06/2015 a las 10:00 horas de la mañana a la Imposición de esta Ejecución de Sentencia con todas sus orientaciones, todo esto conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA
Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a la Fiscalía conforme al artículo 472 último aparte del COPP. Cítese a la Defensora Pública, al sancionado conjuntamente con su representante legal y ofíciese al Centro de Formación Socio Ed.....