DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Anula de oficio la decisión dictada en fecha veinte (20) de agosto del año 2021, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, publicando la correspondiente resolución en fecha catorce (14) de septiembre del mismo año.
SEGUNDO: Ordena que otro Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, celebre un nuevo juicio oral y público, prescindiendo de los vicios que generan la nulidad de la decisión.