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Decisiones del dia 12/06/2006

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Tercero de Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : -WK01-P-2002-000267 N° Sentencia : -WK01-P-2002-000267 Fecha: 12/06/2006
Procedimiento:
Redención De Pena Por El Trabajo Y/O El Estudio Y
Partes:
FRANCISCO JAVIER ALFONSZO
Resumen:
En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena a FRANCISCO JAVIER ALFONSZO GARCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo de SEIS (06) MESES Y TRES (03) DIAS, y de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal, el tiempo redimido se computará a partir del momento en que el penado hubiere cumplido efectivamente, la mitad de la pena impuesta privado de su libertad, es decir a partir del 08-10-2006. Publíquese, Diarícese, déjese copia, notifíquese a las partes, librese la correspondiente boleta de notificación al penal a los fines de notificarlo de la presente decisión. LA JUEZ, DRA. MARIA ESTHER .....
Juez/Ponente:
María Roa
Organo:
Juzgado Tercero de Ejecución
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N° Expediente : WK01-P-2002-000171 N° Sentencia : WK01-P-2002-000171 Fecha: 12/06/2006
Procedimiento:
Redención De Pena Por El Trabajo Y/O El Estudio Y
Partes:
NENI SUNEINI
Resumen:
En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena NENI SUNEINI, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo de de SEIS (06) MESES Y CINCO (05) DIAS CON 12 HORAS y de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal, el tiempo redimido se computará a partir del momento en que el penado hubiere cumplido efectivamente, la mitad de la pena impuesta privado de su libertad, es decir a partir del 06-10-2006. Publíquese, Diarícese, déjese copia, notifíquese a las partes, librese la correspondiente boleta de notificación a los fines de notificarla de la presente decisión. LA JUEZ, DRA. MARIA ESTHER ROA LA SECRETA.....
Juez/Ponente:
María Roa
Organo:
Juzgado Tercero de Ejecución
arriba

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