PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN POR AUMENTO, presentada por la ciudadana LETICIA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-22.641.740 y domiciliada en el Municipio Libertad del Estado Táchira, contra el ciudadano JUAN CARLOS ANGULO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.201.865 y con domicilio en el Municipio Libertad del Estado Táchira.
SEGUNDO: CON LUGAR el ofrecimiento realizado por el ciudadano JUAN CARLOS ANGULO PEREZ, en la oportunidad en que contestó la solicitud en fecha 20 de mayo de 2015.
TERCERO: SE AUMENTA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a la cantidad de DOS MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs.2.000,00), los cuales deberá depositar el obligado alimentario en la cuenta de ahorros aperturada, a partir del mes de junio de 2015.
CUARTO: En cuanto a los gastos de la temporada escolar, el beneficiario de autos deberá consignar la constancia de estudio actua.....