ÚNICO: SIN LUGAR la cuestión previa consagrada en el ordinal 2° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la ilegitimidad de la persona del actor, interpuesta por el demandado ciudadano RODOLFO AMERICO GANDICA ANTELIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.684.450, abogado e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.792, en el juicio de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL incoado en su contra por el ciudadano JULIO CÉSAR COLMENARES GUERRERO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-5.672.582, en su carácter de ARRENDADOR.
Conforme a lo establecido en el artículo 276 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada por haber empleado un medio de defensa que no tuvo éxito.