PRIMERO: CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, presentada por la ciudadana BERLYS YOHANA DURAN VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.678.057 y domiciliada en el Municipio Ayacucho del Estado Táchira, contra el ciudadano YOHAN RAUL SANCHEZ MAYORCA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.677.227 y con domicilio en el Municipio Lobatera del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE ORDENA al demandado, ciudadano YOHAN RAUL SANCHEZ MAYORCA, el PAGO INMEDIATO de la suma total de DIEZ MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 10.500,00), de conformidad con lo previsto en el artículo 374 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, monto que comprende las pensiones vencidas y no pagadas desde el mes de Enero de 2014, hasta el mes de julio de 2014. En tal virtud se exhorta al alimentista a continuar cancelando los montos alimentarios acordados en la sentencia de fecha 30 de septiembre de 2.....