DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta SUSPENSION de la Ejecución de las Sanciones de Libertad Asistida, Reglas de Conducta y Servicio a la Comunidad conforme al artículo 622 parágrafo primero de la LOPNA, al joven IDENTIDD OMITID, por cuanto en este momento es imposible el cumplimiento de estas medidas, por estar Privado de Libertad en el Rodeo I a cargo del Tribunal 5to. de Control (Adultos) , según información obtenida a través del Sistema Iuris.