Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y analizados, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, conforme a lo establecido en los artículos 26, 49, 76 y 78 de nuestra Carta Constitucional y artículos 8 y 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Fijación de la Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana GLADYS TERESA ZAMBRANO VILLAMIZAR; actuando en representación de sus hijas (se omite el nombre) en contra de los ciudadanos RAMON FRANCISCO CABRERA GONZALEZ; CLARA CABRERA DE DI MARCANTONIO; CLAUDIA CABRERA GONZALEZ; JOSE MIGUEL CABRERA GONZALEZ; JOSE JAVIER CABRERA GONZALEZ y FRANCISCO RAMON CABRERA GONZALEZ, todos suficientemente identificados en la presente decisión.
SEGUNDO: Se Fija la Obligación de Manutención que .....