este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, las declara bastantes y suficientes para asegurarle a los ciudadanos DORIS BEDA CAÑIZALEZ DE GONZALEZ, ANA LUISA CAÑIZALEZ RODRIGUEZ, NEIVA MARGARITA CAÑIZALEZ DE ARBOLEDA, GILBERTO ANTONIO FUENTES RODRIGUEZ Y MARÍA TIBISAY DEL VALLE FUENTES RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números V- 1.553.731, V- 1.553.735, V- 1.553.734, V- 5.497.424 y V- 4.212.956, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en su carácter de hijas e hijos de la de cujus ANA JOSEFA ROGRIGUEZ DE FUENTES, quien falleció Ab-Intestato, en el Centro Clínico, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, el día 26 de Diciembre de 2014