SE ORDENA librar la correspondiente orden de aprehensión y los oficios respectivos a los organismos de seguridad respecto al ciudadano Dimer José Isseles Rivero, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-14.238.776, natural de Calabozo, de 39 años de edad, nacido en fecha 14-07-1976, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Obrero, residenciado en el Barrio 24 de Junio, vereda 04, casa número 10, La Fría, Municipio García de Hevia, estado Táchira, teléfono: 0426-677.34.38, 0416-115.98.98, no ha dado cumplimiento cabal a la obligación impuesta de comparecer a todos y cada uno de los actos del proceso, así como también no ha comparecido a la realización de la audiencia preliminar, resulta forzoso para quien decide acordar librar orden de aprehensión contra el ciudadano Dimer José Isseles Rivero, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-14.238.776, natural de Calabozo, de 39 años de edad, nacido en fecha 14-07-1976, de estado civil soltero, de profesión u ofic.....