DECRETA: AUTO DE EJECUCION DE SANCION al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, conforme a los artículos 624 y 626 de la LOPNNA, por la comisión del delito de ROBO GENERICO previsto y sancionado y tipificado en el artículo 455 del Código Penal y condenado a cumplir la sanción de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de UN (01) AÑO Y SEIS (6) MESES, conforme a los artículos 626 y 624 ambos de la LOPNNA, tomándose en cuenta para las Reglas las sugeridas en capitulo anterior y en consecuencia quedó fijado para el día 12 de Enero de 2012, a las 11:00 horas de la mañana la Audiencia de Imposición de esta Ejecución de Sentencia.