En razón de lo antes expuesto este Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara la PERENCION DE LA INSTANCIA en consecuencia extinguido el proceso que por DESALOJO, incoara JOSE ANTONIO VALENTINO SALTARIN, antes identificado, contra EDUARDO PONTE, antes identificado. Así se decide.
No hay condenatoria en costas conforme lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.