PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano Junior Eduardo Mendoza Díaz, mediante diligencia presentada en fecha 18 de noviembre de 2005.
SEGUNDO: Confirma la decisión de fecha 15 de noviembre de 2005, dictada por el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de esta Circunscripción Judicial, que declaró con lugar la solicitud de aumento de obligación alimentaria interpuesta por la ciudadana Marilú Gómez Torres en contra del ciudadano Junior Eduardo Mendoza Díaz, en beneficio de su hija (se omite el nombre por disposición expresa de la Ley), fijando dicha obligación en la cantidad de Bs.109.080,00 mensuales; igualmente incrementó el monto de las cuotas extraordinarias correspondientes a los meses de julio y diciembre, a la cantidad de Bs. 200.000,00; sumas todas que deberán seguirse descontando directamente por nómina del sueldo que devenga el obligado Junior Eduardo Mendoza Díaz y cancelarse en la misma forma como se ha venido realizando. Asimismo, .....