ESTE TRIBUNAL DECLARA: PRIMERO: SU INCOMPETENCIA FUNCIONAL para conocer la presente acción de CALIFICACIÓN DE DESPIDO interpuesto por la ciudadana Isaarima Lourdes Lugo Torres en contra Instituto Autónomo Aeropuerto Internacional De Maiquetía, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 187 y siguientes de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo
SEGUNDO: SE DECLINA LA COMPETENCIA para conocer de la presente demanda por CALIFICACIÓN DE DESPIDO, en los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Medición y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas.
TERCERO: se ORDENA su remisión a la Coordinación Judicial del Circuito Laboral del Estado Vargas, a los fines de la corrección de la nomenclatura asignada al presente asunto y su posterior distribución a los fines de continuar la sustanciación y tramitación del presente procedimiento.
CUARTO: NO hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.