DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente señalados este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO SEIS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY RESUELVE:
PRIMERO: SE CALIFICA LA FLAGRANCIA EN LA APREHENSION del ciudadano ELADIO HERNANDEZ, quien dice ser de nacionalidad venezolano, natural de Abejales, Estado Táchira, titular de la cédula de identidad N° V-2.894.371, de 72 años de edad, nacido en fecha 21/10/1939, de estado civil casado, de profesión u oficio chofer y residenciado en El Cantón Estado Barinas Barrio el Milagro entre la estrada del Cantón y la Alcabala de la Guardia Nacional Bolivariana, Estado Barinas, teléfono 04265704307, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio de ANDRES ANTONIO GUTIERREZ CEPEDA, por encontrarse llenos los extremos del artícu.....