DISPOSITIVA.-
Con base a la motivación precedente este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, NIEGA, el otorgamiento de la Medida de Libertad anticipada referida al DESTACAMENTO DE TRABAJO, requerida a favor del ciudadano YOMAR ENRIQUE DOMINGUEZ IRIARTE, titular de la cédula de identidad Nº V-19.122.477, quien dice ser de nacionalidad venezolana, domiciliado en Sector Cerro Colorado, parte alta, casa s/n, por la plaza, Parroquia Naiquatá estado Vargas, en virtud de no estar dados los requisitos exigidos por el artículo 500, del Código Orgánico Procesal Penal, en relación a lo establecido en el artículo 24, de la Constitución de la República bolivariana de Venezuela y la disposición final quinta de la reforma del Código Orgánico Procesal Penal, negativa esta que se fundamenta en la evaluación recibida por el penado de marra.....