éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos BETTY RODRIGUEZ DE QUINTERO, JHON RAFAEL QUINTERO RODRIGUEZ y ELKIN QUINTERO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.304.587. V-14.033.418 y V-10.815.456, respectivamente, con respecto del de cujus: JORGE QUINTERO, quien falleció en fecha 15/01/2016 y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad Nro. V-6.333.745, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.